EvAU tema 25. Las Cortes de Cádiz. La Constitución de 1812

Hoy trabajaremos las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812, centrándonos en su labor, sus funciones y sus resultados.



1) Las Cortes De Cádiz

El inicio de la guerra de independencia contra los franceses, en 1808, produjo un vacío de poder. José I, hermano de Napoleón, no era bien visto por la población, y su Constitución, el Estatuto de Bayona, nunca fue aceptada en las zonas no dominadas.
Recordemos que José I llegó al poder gracias a las Abdicaciones de Bayona, donde se produjo un juego de tronos entre Carlos IV, Fernando VII y Napoleón Bonaparte, que terminará con José en el trono.

En los territorios no ocupados por los franceses, se establecieron Juntas Provinciales para asumir el poder en nombre del Rey. A estas Juntas acudían personajes notables de la época. Sin embargo, pronto se dieron cuenta de la necesidad de establecer un poder central, un Gobierno nacional que coordinase las provincias. Así se formó la Junta Suprema Central, máximo órgano gubernativo durante la guerra.

Por el avance de la Guerra, la Junta se tuvo que trasladar a Sevilla y, en 1810, a Cádiz. Evidentemente, las dificultades que tenían los diputados para acudir a las Cortes fue en aumento con el desarrollo de la guerra. No era fácil ir a Sevilla y aún menos a Cádiz. Por este motivo, en el punto álgido de la guerra, la mayoría de los Diputados eran de Cádiz.
Los Diputados eran, habitualmente, burgueses, representantes del clero y personas dedicadas a las llamadas profesiones liberales.

Las Cortes abrieron sus puertas a finales de 1810. En estos momentos había 2 corrientes de pensamiento entre los españoles:
  1. Los que querían echar a los franceses y volver al Antiguo Régimen (absolutistas)
  2. Los que querían echar a los franceses y avanzar hacia algo nuevo (liberalismo)

Los liberales se impondrán y la Junta convocará a Cortes y se disolverá, dejando el poder en una Regencia temporal.

Aunque las elecciones fueron complicadas por la guerra, en septiembre de 1810 se produjo la primera reunión de las Cortes y el inicio de su labor. Como hemos visto, estas Cortes no fueron un bloque homogéneo, ni en su ideología ni en su composición.

2) La labor de las Cortes

Podemos resumir su trabajo en una serie de Decretos:
  • La igualdad de los españoles peninsulares y americanos
  • La libertad de imprenta
  • La libertad de expresión
  • Se suprimió la Santa Inquisición
  • Se suprimieron los antiguos reinos en pro de una nueva división provincial, aunque no se llegó a concretar.
  • Se suprimió el Régimen Feudal: Durante estos años se promulgaron diferentes Decretos que fueron dinamitando el Antiguo Régimen, como la abolición de los señoríos jurisdiccionales, los mayorazgos y los gremios, así como la desamortización de las tierras comunales de los municipios, de las órdenes militares y de los jesuitas

3) La Constitución

Las Cortes de Cádiz comenzaron a preparar el proyecto, mediante una Comisión, en 1811. Los debates comenzaron poco después, y de ellos surgirá un texto muy extenso, con 384; de hecho, hasta el día de hoy es la Constitución más larga de nuestra historia. 
La Constitución, que se vio influenciada por la constitución estadounidense (1787) y la francesa (1791), se promulgará en marzo de 1812.

¿Qué establecía la Constitución?

Una monarquía parlamentaria, donde las cortes, formadas por Diputados, formulaban las leyes y el rey las sancionaba y promulgaba.

Estos Diputados eran elegidos mediante "juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia" (art. 34), que estaban formadas por "todos los ciudadanos avecindados y residentes en el territorio de la parroquia respectiva, entre los que se comprenden los eclesiásticos seculares" (art. 35).

Otra cuestión muy visible en la Constitución será soberanía nacional (el poder reside en el pueblo, art. 3) y la separación de poderes:
  • Poder legislativo en las Cortes, elegidas por sufragio universal masculino indirecto (art. 15)
  • Poder ejecutivo en manos del Rey, aunque tendrá limitaciones (art. 16)
  • Poder judicial en los Tribunales (art. 17)
¿Qué funciones tenían las Cortes según la Constitución? Las encontramos en el artículo 131, algunas de ellas son:
  • Proponer y decretar las leyes
  • Elegir Regencia o Regente del Reino
  • Conceder o negar la admisión de tropas extranjeras en el Reino
  • Decretar la creación y supresión de plazas en los Tribunales
  • Fijar, a propuesta del Rey, el número de tropas
  • Fijar los gastos de la administración pública
  • Establecer anualmente las contribuciones e impuestos

Algunos ejemplos de artículos y datos que te pueden servir:

Sobre la soberanía popular: Art. 3º. La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivam ente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.
Sobre la religión Católica: Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y prohibe el ejercicio de cualquiera otra.
Sobre el gobierno de España: Art. 14. El Gobierno de la Nación española es una Monarquía moderada hereditaria
La separación de poderes:
  • Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
  • Art. 16. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey. 
  • Art. 17. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los Tribunales establecidos por la ley.
¿Cómo se elegía a los Diputados según la Constitución? Art. 34. Para la elección de los Diputados de Cortes se celebrarán juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia.

Si quieres echar un vistazo a la Constitución, puedes hacerlo siguiendo el siguiente enlace: Link

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Título: Las Cortes de Cádiz. La Constitución de 1812
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